7/6/09

Carta Profesor Atria en el Mercurio

Señor Director:

El profesor Ricardo Berstein ha defendido una interpretación manifiestamente errada del artículo 41 de la ley de propiedad intelectual, que justificaría que un profesor que ha guiado una memoria de prueba la publique como un libro propio, que acredita su capacidad de investigación, si ella está "basada" en apuntes de sus clases. Pero el artículo 41 sólo dispone, como puede comprobarlo quien se dé el trabajo de leerlo, que un estudiante puede tomar apuntes en sus clases, pero no puede publicarlos y venderlos sin autorización del profesor; protege al profesor del estudiante que quiere aprovecharse del profesor, no autoriza al profesor para aprovecharse del estudiante.En todo caso, ha de celebrarse que el profesor Berstein ahora se pregunte por "responsabilidades académicas".

Como el profesor Garrido lo ha dejado en claro, la cuestión discutida es simple. En efecto, en su indagación, él llegó a la conclusión -obvia desde el principio, por lo demás- de que no hay disputa sobre los hechos -por eso mismo, la indagación no era necesaria-: el decano guió una memoria de prueba que se basaba -entre otros antecedentes bibliográficos, de acuerdo a la bibliografía de la memoria- en apuntes de sus clases. A su juicio, el trabajo propio del estudiante fue sobresaliente, porque lo calificó con nota máxima. Luego la inscribió a su nombre en el Registro de Propiedad Intelectual -con el Nº 104710, como nos recuerda el profesor Berstein-, y la publicó -en la Editorial Jurídica Conosur- en edición "limitada"; tan limitada, de hecho, que sólo la comisión superior de evaluación había tenido el libro a la vista hasta hace un par de semanas. El libro no hace referencia alguna a la memoria.Ésos son los hechos, no controvertidos. Y la cuestión que resta es una de apreciación: ¿es eso un caso de conducta académicamente aceptable? Yo no tengo duda alguna de que en cualquier comunidad académica que se precie de tal la respuesta es evidentemente negativa. Lo más grave de los profesores que han salido en defensa del decano es que, al hacerlo, han afirmado que prácticas como éstas son académicamente aceptables. Están tratando de convencer al país de que la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile tiene estándares más bajos de integridad académica que cualquier otra facultad que entiende la dignidad del trabajo intelectual.

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